Beneficios Fiscales de las donaciones
Si has decidido hacerte Amigo de LABoral o realizar un donativo te informamos que puedes deducirte estas donaciones de tu declaración de la renta. En 2015 se han incrementado los tipos de deducción aplicables. Para las donaciones que se realicen en favor de LABoral, como Entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, estas son las deducciones:
PERSONAS FÍSICAS (IRPF) | Ejercicio 2014 | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y posteriores |
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Primeros 150 € | 25% | 75% | |
Resto | 25% | 35% | |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150 € | - | 32,5% | 35% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% | 10% |
PERSONAS JURÍDICAS (IS) | Ejercicio 2014 | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 y posteriores |
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Donaciones en general | 35% | 35% | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) | - | 37,5% | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% | 10% |